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Costa Rica

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LEGISLACIÓN COSTA RICA.

Reguladores gubernamentales.

Reguladores clave:

  • Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
  • Instituto Nacional de Seguros (INS)
  • Ministerio de Hacienda
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Legislación Laboral y Seguridad Social

  • La legislación está regulada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
  • Los empleadores deben inscribir a los trabajadores en el sistema de seguridad social desde el inicio de la relación laboral.
  • La seguridad social está financiada por el gobierno, los empleadores y los trabajadores:
  • Aportación del trabajador: 10,67% del salario bruto.
  • Contribución patronal: 26,67%.

Contratos de trabajo

  • Existen contratos a plazo fijo y contratos indefinidos .
  • El Código de Trabajo establece que el empleador debe asegurar a sus trabajadores contra riesgos laborales a través de una póliza con el INS.

Deducciones e impuestos

  • Los trabajadores están sujetos a retención de ingresos salariales para el pago del impuesto sobre la renta, aplicable únicamente a aquellos que excedan el mínimo exento.
  • Se paga prestación por desempleo en caso de rescisión del contrato sin causa justificada, con indemnización en función de la antigüedad (hasta 8 años).

Beneficios laborales

  • Aguinaldo: Equivale a un mes de salario, se paga en diciembre y está exento del impuesto sobre la renta.
  • Vacaciones: Dos semanas por cada 50 semanas trabajadas.
  • Horas extras: Se pagan a 1,5 veces el salario ordinario.

Vacaciones y permisos

  • Costa Rica tiene 11 días festivos oficiales , aunque algunos no son obligatorios.
  • Licencia médica: Los primeros tres días los paga el 50% el empleador y luego el 60% la CCSS.
  • Maternidad: Cuatro meses con pago compartido entre el empleador y la CCSS.

Privacidad de datos

  • Desde el año 2011, la Ley No. 8968 regula la protección de datos personales en Costa Rica.
  • Para garantizar su cumplimiento se creó la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB).

Panamá

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA LEGISLACIÓN PANAMEÑA.

Reguladores gubernamentales.

  • Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL): Regula las relaciones y conflictos laborales.
  • Caja de Seguro Social (CSS): Administra la seguridad social y las prestaciones de salud, pensiones y maternidad.
  • Ministerio de Economía y Finanzas : Gestiona las políticas económicas y la administración de los recursos gubernamentales.
  • Dirección General de Ingresos (DGI): Administra el sistema tributario y combate la evasión fiscal.

Legislación Laboral y Seguridad Social

  • El CSS cubre los planes de pensión, invalidez, supervivencia, enfermedad y maternidad.
  • Las contribuciones a la seguridad social son:
  • Empleado : 9,75%
  • Empleador : 14,65%
  • En el pago del decimotercer mes , las cotizaciones se reducen al 7,25% (trabajador) y al 10,75% (patronal).

Contratos de trabajo

Tipos de contrato :

  • Definido : Con una fecha de finalización específica.
  • Indefinido : Sin fecha de finalización.
  • Para trabajos específicos : Para proyectos o servicios específicos.

Terminación del contrato :

  • La rescisión sin justa causa da derecho a indemnización:
  • 1 mes de salario por los primeros 3 años.
  • 20 días por año entre el 4º y 6º año (máximo 5 meses de salario).

Deducciones e impuestos

  • Seguro Educativo : 1,5% (empleador) y 1,25% (empleado).
  • Impuesto sobre la renta :
  • Menos de $11,000 anuales : Exento.
  • De USD 11.000 a 50.000 : 15% sobre el exceso.
  • Más de USD 50.000 : 25% sobre el excedente.

Beneficios laborales

  • Decimotercer mes : Pago obligatorio en tres cuotas al año (abril, agosto y diciembre).
  • Vacaciones : 30 días después de 11 meses de trabajo continuo.
  • Con el tiempo :
  • Recargo del 25% durante el día.
  • 50% noche o mixto.

Vacaciones y permisos

  • Panamá tiene 11 días festivos nacionales , como el 3 de noviembre (Independencia de Colombia) y el 28 de noviembre (Independencia de España).
  • Licencia médica : 70% cubierto por la CSS después de los primeros 3 días.
  • Maternidad : 14 semanas pagadas por la CSS.

Privacidad de datos

  • Ley No. 787 protege los datos personales en archivos públicos y privados.
  • La recogida de datos se regula bajo los principios de necesidad, proporcionalidad y licitud.

Guatemala

Reguladores gubernamentales.

  • Código de Trabajo de Guatemala : Regula la relación laboral.
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social : Administra la política laboral.
  • Superintendencia de Administración Tributaria (SAT): Gestiona los impuestos y retenciones.

Legislación Laboral y Seguridad Social

  • La tasa de desempleo en el país es del 2,2%, una de las más bajas de América Latina.
  • Las contribuciones a la seguridad social son:
  • Empleado : 4,83%.
  • Empleador : 12,67%.
  • Todos los trabajadores deben estar afiliados al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

Contratos de trabajo

Tipos de contrato :

  • Indefinido : No tiene fecha de finalización.
  • Plazo fijo : Tiene fecha límite o está condicionado a un evento específico.
  • Para obra específica : Finaliza cuando se completa la obra contratada.

Deducciones e impuestos

Impuesto Sobre la Renta (ISR):

  • Hasta GTQ 300.000 anuales: 5%.
  • Más de GTQ 300.000 : 7%.
  • Boleto de Ornato : Impuesto municipal obligatorio para personas entre 18 y 65 años.

Beneficios laborales

  • Bono : Equivalente a un mes de salario , pagado en diciembre.
  • Bono anual : Salario adicional que se paga en el mes de julio (Decreto 42-92).
  • Bono-incentivo : GTQ 250 mensuales para incrementar la productividad.
  • Vacaciones : 15 días hábiles después de un año continuo de trabajo.

Vacaciones y permisos

Guatemala tiene 14 días festivos nacionales , entre ellos:

  • Día de la Independencia (15 de septiembre).
  • Día del Ejército (30 de junio).
  • Navidad (25 de diciembre).
  • Licencia médica : Cubierta por el IGSS después de los primeros tres días de incapacidad.

Privacidad de datos

  • La Iniciativa 4090-2009 regula la protección de datos personales .
  • Garantiza el derecho a la autodeterminación informativa y sanciona el uso indebido de datos privados

Honduras

HONDURAS

Reguladores gubernamentales.

  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social : Supervisa el cumplimiento de la legislación laboral.
  • Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS): Administra la seguridad social y los beneficios de salud.

Legislación Laboral y Seguridad Social

Contribuciones a la seguridad social :

  • Empleado : 3,5% del salario.
  • Empleador : 7% del salario.
  • Se realizan aportaciones por Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y Enfermedad y Maternidad (EM).

Contratos de trabajo

Tipos de contrato :

  • Indefinido : No tiene fecha de finalización.
  • Definición : Se especifica la fecha de terminación o conclusión de una obra.
  • Para trabajos específicos : Finaliza con la conclusión de un proyecto.

Deducciones e impuestos

  • Salario mínimo : Entre HNL 7,408 y HNL 14,347 por mes, dependiendo del sector y tamaño de la empresa.
  • Ajustes salariales : Dependiendo del número de empleados:
  • De 1 a 10 empleados : 5,32%.
  • Más de 151 empleados : 7,50%.

Beneficios laborales

  • Bono : Un mes de salario, pagado en diciembre.
  • Decimocuarto mes : Un salario adicional pagado en junio.
  • Vacaciones : 10 días hábiles después de un año de trabajo continuo.

Con el tiempo :

  • Recargo del 25% durante el día.
  • 50% por la noche.

Vacaciones y permisos

Honduras tiene 11 días festivos nacionales , entre ellos:

  • Día de la Independencia (15 de septiembre).
  • Día del Trabajo (1 de mayo).
  • Navidad (25 de diciembre).
  • Licencia médica : 2,5% de la aportación del trabajador, 5% a cargo del empresario.
  • Maternidad : Prestación cubierta por la seguridad social.

Privacidad de datos

  • Honduras trabaja en su Ley de Protección de Datos Personales , buscando garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa

El Salvador

Reguladores gubernamentales.

  • Código de Trabajo de la República de El Salvador .
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social : Supervisa el cumplimiento de la legislación laboral.

Legislación Laboral y Seguridad Social

  • La seguridad social es administrada por el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
  • Contribuciones a la seguridad social:
  • Empleado : 3% del salario.
  • Empleador : 16,25% del salario.

Contratos de trabajo

Tipos de contrato :

  • Indefinido : No tiene fecha de finalización.
  • Definición : Tiene una fecha límite o condición específica.
  • Para trabajos específicos : Finaliza cuando se completa el trabajo asignado.

Terminación del contrato :

  • En caso de renuncia voluntaria, los trabajadores con más de 2 años de servicio reciben 15 días de salario por año trabajado .

Deducciones e impuestos

Impuesto Sobre la Renta (ISR):

  • Hasta USD 472,01 por mes : Exento.
  • Entre USD 472,01 y 895,24 : 10%.
  • Más de USD 895,24 : Entre el 20% y el 30%.
  • Impuesto al Valor Agregado (IVA): 13%, pagado por los consumidores.

Beneficios laborales

  • Bono : Se paga en diciembre y varía según la antigüedad:
  • Menos de 3 años : 15 días de salario.
  • 3 a 10 años : 19 días de salario.
  • Más de 10 años : 21 días de salario.
  • Vacaciones : 15 días hábiles después de un año de trabajo continuo , con un pago adicional del 30% del salario ordinario .

Con el tiempo :

  • 100% adicional sobre la tarifa ordinaria.

Vacaciones y permisos

10 días festivos nacionales , entre ellos:

  • Día del Trabajo (1 de mayo).
  • Fiestas Agostinas (primeros días de agosto).
  • Independencia (15 de septiembre).
  • Navidad (25 de diciembre).
  • Licencia médica : Cubierta por el ISSS después de los primeros 3 días.
  • Maternidad : 12 semanas pagadas.

Privacidad de datos

  • En 2021 se promulgó la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales , garantizando el derecho a la autodeterminación informativa

Nicaragua

Reguladores gubernamentales.

  • Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS).
  • Instituto Tecnológico Nacional (INATEC).
  • Ministerio de Trabajo de Nicaragua .

Legislación Laboral y Seguridad Social

Contribuciones a la seguridad social :

  • Empleado : 7% del salario.
  • Empleador : 21,5% (para empresas de menos de 50 trabajadores) y 22,5% (para empresas de más de 50 trabajadores).
  • Aportación INATEC : 2% del total de la nómina.

Contratos de trabajo

Tipos de contrato :

  • Indefinido : Sin fecha de finalización.
  • Definición : Tiene una fecha límite o condición específica.
  • Para trabajo específico : Finaliza con la conclusión de la tarea establecida.

Deducciones e impuestos

Impuesto Sobre la Renta (ISR):

  • Hasta C$100.000 anuales : Exento.
  • De C$100.000,01 a C$200.000 : 15%.
  • De C$200.000,01 a C$350.000 : 20%.
  • De C$350.000,01 a C$500.000 : 25%.
  • Más de C$500.000 : 30%.

Beneficios laborales

  • Aguinaldo : Pago obligatorio de un mes de salario después de un año de trabajo continuo, conocido como el decimotercer mes .
  • Vacaciones : 15 días hábiles después de 6 meses de trabajo continuo.
  • Horas extras : se pagan con un 100% adicional a la tarifa normal .

Vacaciones y permisos

Nicaragua tiene 10 días festivos nacionales , entre ellos:

  • Día del Trabajo (1 de mayo).
  • Día de la Independencia (14 y 15 de septiembre).
  • Navidad (25 de diciembre).
  • Baja médica : Cubierta por el INSS después de los primeros días de incapacidad.

Privacidad de datos

  • Nicaragua no cuenta con una ley específica sobre protección de datos personales , pero sí aplican normas generales en los contratos laborales